Parque natural de Oyambre

El Parque Natural de Oyambre es uno de los espacios naturales protegidos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que aúna en su territorio la gran belleza de un paisaje litoral de rías, acantilados, playas, dunas y amplias praderías, con pequeños valles excepcionales y bosques que albergan una fauna y flora de gran importancia ecológica.

La combinación de tres sistemas ambientales -litoral, valles y monte- que mantienen su funcionalidad ambiental y conservan su calidad natural y paisajística, hacen del Parque Natural de Oyambre un territorio excepcional, de gran potencialidad turística y que nos presenta el reto de hacer compatible el disfrute de un medio natural como quedan pocos, y la conservación de todos aquellos aspectos que lo hacen único e irrepetible.

El reto de la conservación de Oyambre nace durante los años setenta, cuando la presión urbanística que había trasformado buena parte del sector oriental del litoral cántabro, parecía proyectar sus actuaciones en la zona occidental de la región, hasta entonces excelentemente bien conservada. Sin embargo, la presión popular desencadenada ante el proyecto de urbanización de las dunas y la playa de Oyambre, culminó con la promulgación de la Ley de Cantabria 4/1988, de 26 de octubre, por la que se declara Oyambre Parque Natural.

La Ley de creación del Parque Natural de Oyambre plantea como uno de sus principales objetivos la protección de una de las áreas más valiosas del litoral cantábrico, tanto por su geomorfología, procesos de formación de playas y estuarios, como por su riqueza botánica, faunística, paisajística y arqueológica que convierte a la zona en un excepcional museo y laboratorio viviente para el estudio y la investigación de los recursos naturales y de la historia de la región. en base a estos criterios científicos y a otros culturales, de conservación, turísticos, económicos y sociales, la Ley de creación del Parque Natural de Oyambre delimita el territorio y regula las distintas clasificaciones del suelo.

Así, se define una Zona de Protección Litoral, dibujada en torno a las rías y la fachada litoral de los municipios de San Vicente de la Barquera y Valdáliga, con elevados valores naturales y paisajísticos, y a los que se aplica un régimen especial de protección que prohíbe toda actividad que pueda alterarlo. Se define, así mismo, una Zona de Protección Forestal que comprende las zonas de bosques de Monte Corona, así como los bosquetes y rodales de arbolado autóctono que salpican las praderías del Parque, y en los que la protección otorgada asegura su conservación y disfrute.

Por último, la Ley de creación del Parque Natural de Oyambre, delimita la Zona de Protección Agrícola Ganadera en la que, además de servir de protección para las otras dos zonas, y en base a determinados requisitos urbanísticos y ambientales, se potenciarán los usos agrícolas y ganaderos, así como los ligados a la utilización turística y de segunda residencia.

El más reciente paso dado en el sentido de conservar el potencial paisajístico y natural del Parque Natural de Oyambre, ha sido la aprobación del Plan Especial de Protección de la Zona Periférica Agrícola Ganadera del Parque Natural de Oyambre (aprobado por Resolución de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo de 11 de mayo de 1998).

Este Plan Especial, regula los usos del suelo calificado como agrícola-paisajístico, delimitando el uso de viviendas a los entornos de los núcleos urbanos existentes y gestionando la ubicación de instalaciones agrícolas y ganaderas en base a la funcionalidad del territorio y su capacidad de absorber impactos.

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